ADMISIÓN: PLAZAS PARA ALUMNADO NO ADMITIDO INICIALMENTE

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Orden de 24 de febrero de 2011, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de 2º ciclo de educación infantil y educación primaria entre otras, la Comisión Territorial de Garantías de Admisión ha adjudicado plaza escolar a los alumnos y alumnas no admitidos inicialmente en este centro. También se ha procedido, de acuerdo con la citada Orden, a reubicar a otro alumnado tras las vacantes surgidas a raiz de la resolución de dicho proceso de admisión.

El alumnado no admitido al que no se le haya asignado plaza por la citada Comisión de Garantías de Admisión continuará escolarizado en el centro de procedencia.


Los listados anteriores pueden encontrarse igualmente expuestos desde hoy en el tablón de anuncios de este centro.

Conforme a lo establecido en la disposición adicional sexta de la Orden de 24 de febrero de 2011, el 23 de mayo de 2017 comienza el plazo de un mes para interponer recurso de Alzada ante la Delegada Territorial de la Consejería de Educación en Córdoba, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.

Todo el alumnado admitido deberá formalizar la matrícula en los plazos establecidos en el artículo 16 de la Orden citada (del 1 al 8 de junio).

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