ADMISIÓN DEL ALUMNADO PARA EL CURSO 2020/2021


El 1 de marzo comienza en Andalucía el plazo para la presentación de solicitudes de admisión para el curso 2020/2021 en los centros sostenidos con fondos públicos para las enseñanzas de Educación Infantil (segundo ciclo), Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato. Permanecerá abierto durante todo el mes de marzo.

En el proceso de escolarización participan todos los niños y niñas que se incorporan por primera vez al sistema educativo, tanto en centros públicos como concertados, así como el alumnado que cambie de centro escolar.

El próximo curso se aplica el nuevo Decreto de Escolarización que regula la admisión del alumnado. Entre los cambios introducidos, la normativa favorece la escolarización de los hermanos en el mismo centro docente, se mantienen las listas de espera hasta septiembre en la etapa educativa correspondiente y en las zonas de escolarización habrá un centro público y un concertado, siempre que en la localidad exista un concertado. Además, impulsa la administración electrónica con el objetivo de facilitar a las familias un procedimiento más simplificado. Así, la Administración va a cruzar más bases de datos de lo que se venía haciendo para que las familias apenas tengan que aportar documentos que ya están en el sistema público.

En cuanto a los criterios de admisión que se aplican cuando no hay plazas suficientes en los colegios o institutos para atender todas las solicitudes, también hay novedades. Hay criterios nuevos como tener matriculado en el primer ciclo de Infantil a un hijo o hija con la finalidad de fomentar la escolarización en esta etapa o tener guardadores legales con actividad laboral o profesional remunerada.

Asimismo, otras criterios que ya estaban incluidos en el anterior decreto han sido mejorados. Así, la existencia de hermanos o hermanas matriculados en el centros se valorá con 20 puntos por cada uno; anteriormente se otorgaban 16.

En el criterio de renta per cápita anual de la unidad familiar se otorgan más puntos a las familias con menores ingresos y aumentan los tramos de renta que obtienen puntuación, introduciéndose un factor de corrección patrimonial para aquellas unidades familiares que superen determinados umbrales. La valoración máxima de este criterio se amplía hasta 4 puntos, dos más con respecto a lo consignado en la normativa anterior.

Respecto al criterio de discapacidad o trastorno del desarrollo aumenta tanto la puntuación como los supuestos y gradación de discapacidad del alumno o alumna, de sus tutores o guardadores legales o de sus hermanos o hermanas.

Además, en el criterio de pertenencia a una familia numerosa, familia monoparental o familia con dos hijos o hijas se incluyen más supuestos de familias a los que se otorgan puntos en el baremo, destacando el apoyo a la familia numerosa, sobre todo a la especial y a la familia monoparental. Asimismo, se favorece a aquellas que tienen dos hijos e hijas frente a las que tienen uno solo.

También hay novedad en los supuestos de prioridad en la admisión: se extiende al representante o los representantes legales del alumno o alumna que tengan su puesto de trabajo habitual en el centro donde soliciten la admisión; a los deportistas de rendimiento base para que puedan estudiar en un centro cercano al lugar donde entrenen y desarrollan su carrera deportiva; por ser familiar hasta segundo grado de consanguinidad de una persona víctima de terrorismo; y también a los niños en acogimiento familiar.

El Decreto también incluye medidas para atender la escolarización en determinados supuestos, como son la del alumnado prematuro extremo (nacido antes de las 28 semanas), que serán escolarizados en el año que le correspondería por nacimiento natural, así como los escolares en supuestos excepcionales por enfermedad grave, quienes tendrán prioridad bien en el centro más próximo a su domicilio o en el centro más próximo al centro sanitario donde estén recibiendo tratamiento.

El procedimiento de escolarización se inicia con la publicación por parte de los centros educativos de la relación de puestos escolares vacantes, así como de la información sobre las direcciones catastrales comprendidas en sus zonas de influencia y limítrofes. Cuando la oferta de plazas coincida o sea superior a la demanda, los solicitantes serán admitidos y en aquellos casos en los que no se puedan atender toda las peticiones, se procederá a la baremación de las mismas.

Cada centro docente hará pública en su tablón de anuncios, antes del 15 de abril, la relación de solicitantes con la puntuación asignada y, a partir de esa fecha, se abrirá un plazo de 10 días lectivos para la presentación de alegaciones. Si tras la aplicación de los criterios de baremación (hermanos en el centro, domicilio familiar o laboral, renta anual, discapacidad, familia numerosa o monoparental o con dos hijos, guardadores legales con actividad laboral remunerada, matrícula en el primer ciclo de Educación Infantil) se producen empates, se aplicará el resultado del sorteo público que se celebrará el día 11 de mayo, una vez cerrado el proceso de admisión de solicitudes. La relación definitiva de alumnado admitido y no admitido saldrá el 12 de mayo.

A través del Portal de la Escolarización, en la web de la Consejería de Educación y Deporte, las familias tendrán acceso a la información sobre los centros docentes, enseñanzas y la oferta de servicios complementarios, así como la normativa reguladora y el impreso de solicitud, que se podrá presentar telemáticamente o bien en los propios colegios e institutos. Además, la aplicación APP iEscolariza permite realizar consultas de centros y de los puntos de baremo por domicilio. A través de este dispositivo las familias recibirán notificaciones gratuitas tanto del procedimiento como de su solicitud.

Asimismo, la Consejería ha habilitado un teléfono gratuito de información (900 848 000), en horario ininterrumpido de 8.00 a 19.00 horas.

DOCUMENTOS DE INTERÉS (se accede pulsando en los enlaces o imágenes que aparecen a continuación):

- IMPORTANTE: Documento para la publicación de la documentación inicial correspondiente a este centro: vacantes, reservas, centros de adscripción, servicios, paradas del transporte escolar, etc.
- Criterios para la admisión del alumnado.
- Decreto 21/2020, de 17 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.
- Orden de 20 de febrero de 2020, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.
- Solicitud de admisión en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, E.S.O. y Bachillerato (válido del 1 al 31 de marzo de cada año). Si no se opta por la presentación telemática de la solicitud (lo cual puede hacerse en el Portal de Escolarización, cuyo enlace se encuentra más arriba), los impresos se facilitan en el centro.
- Tríptico escolarización.
- Callejero con los viales del área de influencia del centro 2020/2021.
- Mapas de la zona de influencia:
- Aclaraciones a la publicación de las relaciones de calles que delimitan las áreas de influencia y limítrofes de los centros docentes públicos y privados concertados en la provincia de Córdoba para el proceso de admisión del alumnado 2020/21.
- Nota informativa para las familias solicitantes de puesto escolar.
- Cuadro informativo para las familias solicitantes de puesto escolar: criterios de admisión.
- Nota informativa sobre ampliaciones de ratio (no ampliación de ratio por reagrupamiento de hermanos).

Todo ello también puede encontrarse en el tablón de anuncios del centro a disposición de las personas interesadas que deseen consultarlo.

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