PLAN FAMILIA: NUEVA NORMATIVA

Recientemente se ha publicado en BOJA la Orden de 3 de agosto, por la que se regulan los servicios complementarios (aula matinal, comedor y actividades extraescolares). La misma puede verse al pie de este mismo blog.

Dado que presenta novedades relevantes respecto de la normativa anteriormente vigente, indicamos a continuación aquellos aspectos más significativos, los cuales deberán tenerse en cuenta por parte de cada una de las familias solicitantes:
  • La solicitud del aula matinal y comedor se hará por meses completos o para días concretos de la semana. Dicha opción podrá ser modificada a lo largo del curso, para lo cual se avisará con la antelación suficiente (7 días antes de iniciar el mes correspondiente). Las actividades extraescolares se solicitarán por meses completos.
  • La baja en cualquiera de estos servicios se solicitará con una antelación de, al menos, una semana antes del mes en que se pretenda hacer efectiva la misma. Igualmente se producirá la baja por el impago de dos recibos consecutivos o por falta de uso durante 5 días consecutivos sin causa justificada.
  • El abono se realizará únicamente mediante domiciliación bancaria.
  • Se prorrogan también los precios y bonificaciones respecto del curso anterior, pero estas últimas deberá solicitarse entre el 1 y el 7 de septiembre (mediante el impreso que aparece en el margen derecho de este blog) si se desea que se consideren los ingresos obtenidos durante el año 2009. Dicha solicitud deberá estar firmada por todos los miembros de la familia mayores de 16 años, así como hacerse constar los ingresos totales obtenidos y el DNI o NIE de todos ellos. Si no existiera obligación de presentar declaración de la Renta, se presentará cualquier otra documentación que acredite los ingresos totales obtenidos (certificado/s de retenciones, nóminas o, en última instancia, declaración jurada).
A modo orientativo, sin que ello genere expectativas de derechos algunos, podrá verse una tabla con los precios y posibles bonificaciones según los ingresos declarados para el año 2009, pulsando en este mismo enlace.

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